Ley Orgánica 5/1985, de 19 de junio, del Régimen Electoral General
desde 30/01/2011 hasta 07/09/2011 (modif. por LO 3/2011)
Artículo 170
En las circunscripciones de Ceuta y Melilla las candidaturas presentadas para la elección de Diputados incluirán un candidato suplente.