Ley 1/1986, de 2 de enero, Electoral de Andalucía
desde 01/01/2004 hasta 07/05/2005
CAPÍTULO VIII
Remisión de las listas de Parlamentarios electos
Artículo 39.La Presidencia de la Junta Electoral de Andalucía remitirá al Parlamento la lista de los Parlamentarios proclamados electos en las circunscripciones electorales de la Comunidad Autónoma.