Decreto 298/2002, de 10 de diciembre, por el que se regula la organización y funcionamiento del Registro de Consultas Populares Locales de Andalucía
Versión vigente desde 09/01/2003
Artículo 4. Clases de asientos
En el Registro, que se llevará en soporte informático, podrán practicarse las siguientes clases de asientos:
a) Inscripciones: Son aquellos asientos que reflejan los datos señalados en el apartado 1 del artículo anterior.
b) Cancelaciones: Son aquéllos que dejan sin efecto un asiento registral anterior.
c) Notas marginales: Tienen por objeto completar la información que obra en el Registro con la información señalada en apartado 2 del artículo anterior.