Decreto 298/2002, de 10 de diciembre, por el que se regula la organización y funcionamiento del Registro de Consultas Populares Locales de Andalucía
Versión vigente desde 09/01/2003
Artículo 2. Organización
El Registro de Consultas Populares Locales de Andalucía será único y estará adscrito a la Dirección General de Política Interior de la Consejería de Gobernación, correspondiendo a su titular el control de las inscripciones.