Ley 1/1986, de 2 de enero, Electoral de Andalucía
desde 01/06/1994 hasta 31/12/2003 (Ley 6/1994)
CAPÍTULO VIII
Remisión de las listas de Parlamentarios electos
Artículo 39.La Presidencia de la Junta Electoral de Andalucía remitirá al Parlamento la lista de los Parlamentarios proclamados electos en las circunscripciones electorales de la Comunidad Autónoma.