Ley 1/1998, de 4 de junio, de Régimen Local de Castilla y León
desde 01/01/2006 hasta 15/03/2011
Artículo 98
Se crea el Consejo de Municipios, Comarcas y otras Entidades Locales, cuya composición y funciones se determinarán reglamentariamente, y con capacidad de conocimiento, informe y propuesta a la Junta de Castilla y León sobre las materias susceptibles de transferencia o delegación a dichas Entidades Locales.