Ley Orgánica 1/1981, de 6 de abril, de Estatuto de Autonomía para Galicia
desde 06/08/1997 hasta 02/07/2002
Artículo 39.
Corresponde a la Comunidad Autónoma la creación y estructuración de su propia Administración pública, dentro de los principios generales y normas básicas del Estado.