Ley Orgánica 8/2007, de 4 de julio, sobre financiación de los partidos políticos
desde Julio de 2007 hasta Octubre de 2012
Artículo 13. Justificación de las cuotas, aportaciones y donaciones efectuadas
La aplicación del régimen tributario establecido en el artículo anterior se encontrará condicionada a que la persona física o jurídica disponga del documento acreditativo de la aportación, donación o cuota satisfecha por el partido político perceptor.