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Ley 2/1987, de 16 de febrero, Electoral de la Comunidad Autónoma de Aragón

desde 19/02/1987 hasta 27/03/1991

Artículo 11.

1. La convocatoria de elecciones a Cortes de Aragón se efectuará mediante Decreto del Presidente de la Diputación General expedido el día vigésimo quinto anterior a la expiración del mandato de la Cámara, que será publicado en el «Boletín Oficial de Aragón».

2. El Decreto de convocatoria fijará el día de la votación, que habrá de celebrarse entre el quincuagésimo cuarto y sexagésimo días desde la convocatoria, así como la fecha de la sesión constitutiva de las Cortes, que tendrá lugar dentro del plazo de un mes, a contar desde el día de celebración de las elecciones.

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