Ley Orgánica 4/1983, de 25 de febrero, de Estatuto de Autonomía de Castilla-León
desde Octubre 2007 a Julio 2010
Artículo 81. Consejo Económico y Social
1. El Consejo Económico y Social es un órgano colegiado de carácter consultivo y asesor en materia socioeconómica de la Comunidad Autónoma de Castilla y León.
2. Una ley de la Comunidad regulará su composición, organización y funcionamiento.
Ver Notas de Modificación
** añadido por art. 81 de LO 14/2007 ( Ver texto)