Ley Orgánica 4/1983, de 25 de febrero, de Estatuto de Autonomía de Castilla-León
desde Octubre 2007 a Julio 2010
Artículo 63. Participación en instituciones y órganos de la Unión Europea
1. La Comunidad podrá participar en las instituciones y órganos de la Unión, dentro de la representación del Estado español, según lo determine la legislación aplicable.
2. La Junta de Castilla y León propondrá al Estado la designación de representantes en el Comité de las Regiones, de conformidad con las normas que lo regulan.
Ver Notas de Modificación
** añadido por art. 63 de LO 14/2007 ( Ver texto)