Ley Orgánica 3/1983, de 25 de febrero, de Estatuto de Autonomía de la Comunidad de Madrid
Versión vigente desde 18/07/2010
Artículo 42.
Las leyes de la Asamblea estarán sujetas únicamente al control de constitucionalidad por el Tribunal Constitucional.
Ver Notas de Modificación
** Renumerado y modificado por art. 1.33 de Ley Orgánica 5/1998. Su anterior numeración era art. 43 ( Ver texto)