Ley Foral 16/1986, de 17 de noviembre, reguladora de las elecciones al Parlamento de Navarra
desde 11/12/1986 hasta 25/03/1991
Artículo 36.
El quinto día siguiente al de la votación, la Junta Electoral Provincial de Navarra realizará el escrutinio general, con arreglo a lo dispuesto en la Ley Orgánica del Régimen Electoral General.