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Ley 9/2010, de 7 de julio, de designación de Senadores o Senadoras en representación de la Comunitat Valenciana

Versión vigente desde 08/11/2016

Artículo 14. Cese

Los senadores o senadoras en representación de la Comunitat Valenciana cesan en su cargo:

1. Por disolución de las Corts Valencianes, sin perjuicio de lo establecido en el artículo 13 de esta ley.

2. Por causa de muerte, incapacidad, renuncia o cualquier otro supuesto contemplado en la legislación electoral general.

3. Por la pérdida de las condiciones específicas de inelegibilidad establecidas en esta ley o por causa de inelegibilidad no apreciada por la Comisión de Estatuto del Diputado y Diputada con anterioridad a la designación.

4. Como consecuencia de incompatibilidad apreciada y no enmendada de las previstas específicamente en esta ley o en la Ley orgánica de régimen electoral general.

5. Por revocación de la designación acordada por el Pleno de las Corts Valencianes según el artículo 14.bis.

Ver Notas de Modificación

** Modificado por art. Único.4º de Ley 10/2016 ( Ver texto)

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