Ley Orgánica 5/1985, de 19 de junio, del Régimen Electoral General
desde 07/12/2018 hasta 24/06/2019 (modif. por LO 2/2018)
Artículo 77
Los apoderados tienen derecho a acceder libremente a los locales electorales, a examinar el desarrollo de las operaciones de voto y de escrutinio, a formular reclamaciones y protestas así como a recibir las certificaciones que prevé esta Ley, cuando no hayan sido expedidas a otro apoderado o interventor de su misma candidatura.