Ley Orgánica 5/1985, de 19 de junio, del Régimen Electoral General
desde 29/06/2002 hasta 11/03/2003
Artículo 137
Por todos los delitos a que se refiere este Capítulo se impondrá, además de la pena señalada en los artículos siguientes, la de inhabilitación especial para el derecho del sufragio pasivo.
Ver Notas de Modificación
** Inciso ¿activo y? derogado por disp. derog. 1.f) de LO 10/1995 ( Ver texto)