Ley 6/2006, de 20 de junio, de Comunicación y Publicidad Institucionales
Versión vigente desde 21/07/2006
Artículo 3. Principios.
El desarrollo de la comunicación institucional deberá adecuarse a los siguientes principios de actuación:
a) Transparencia, lealtad institucional, eficacia, eficiencia, veracidad y racionalidad en la asignación de los recursos económicos, sirviendo con objetividad los intereses generales.
b) Acceso a la información de las personas con discapacidad.
c) Respeto al medio ambiente, utilizando soportes que, sin merma de la eficacia de la actividad desarrollada, tengan el menor impacto posible.
d) Igualdad entre hombres y mujeres y respeto de la diversidad social y cultural presente en la sociedad.
e) Promoción de la cultura asturiana, procurando una presencia adecuada del bable/asturiano.
f) Estímulo de la participación ciudadana en la actividad del sujeto que promueva la comunicación, promoviendo el ejercicio de sus derechos y el efectivo disfrute de los servicios que preste.