Ley 1/1998, de 4 de junio, de Régimen Local de Castilla y León
desde 16/03/2011 hasta 29/02/2012
Artículo 82
Los conflictos de competencias que se susciten entre Entidades Locales serán resueltos por la Administración de la Comunidad Autónoma, previa audiencia de las Entidades afectadas.