Ley 1/1998, de 4 de junio, de Régimen Local de Castilla y León
desde 16/03/2011 hasta 29/02/2012
Artículo 37
La modificación y supresión de Mancomunidades, así como la modificación de sus Estatutos, se ajustará al procedimiento establecido en estos últimos, que deberán observar, en todo caso, las reglas contenidas en los artículos siguientes.