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Ley 7/1987, de 8 de mayo, por la que se regula el procedimiento de designación de Senadores representantes de la Comunidad de Castilla y León

Versión vigente desde 10/03/2000

Artículo 6.

1. Efectuada la votación de la forma establecida en el artículo anterior, el Presidente de las Cortes dará cuenta a la Cámara del resultando de la misma y procederá, en su caso, a proclamar a los designados Senadores en representación de la Comunidad Autónoma de Castilla y León.

2. La Mesa de la Cámara les hará entrega de las pertinentes credenciales.

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