Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales
Versión vigente desde Diciembre de 1986
Artículo 163.
La capacidad de obrar, la legitimación y la representación de los interesados ante las Entidades Locales se regulará por la legislación sobre procedimiento administrativo común.