Ley Orgánica 5/1985, de 19 de junio, del Régimen Electoral General
desde 04/04/1987 hasta 14/03/1991
Artículo 225
1. El Tribunal competente a efectos de recurso contencioso electoral es el Tribunal Supremo.
2. La notificación de la Sentencia que resuelve un proceso contencioso electoral se producirá no más tarde del cuadragésimo quinto día posterior a las elecciones.
Ver Notas de Modificación
** Añadido por art. 2 de LO 1/1987 ( Ver texto)