Ley Orgánica 5/1985, de 19 de junio, del Régimen Electoral General
desde 02/11/2016 hasta 16/01/2018
SECCIÓN 5.ª
CONTENCIOSO ELECTORAL
Artículo 2251. El Tribunal competente a efectos de recurso contencioso electoral es el Tribunal Supremo.
2. La notificación de la Sentencia que resuelve un proceso contencioso electoral se producirá no más tarde del cuadragésimo quinto día posterior a las elecciones.
Ver Notas de Modificación
** añadido por art. 2 de LO 1/1987 ( Ver texto)