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Ley Orgánica 8/1981, de 30 de diciembre, del Estatuto de Autonomía para Cantabria

desde 06/08/1997 hasta 30/12/1998

Artículo 1.

Uno. Cantabria como entidad regional histórica dentro del Estado español y para acceder a su autogobierno, se constituye en Comunidad Autónoma de acuerdo con la Constitución y con el presente Estatuto, que es su norma institucional básica.

Dos. Los poderes de la Comunidad Autónoma emanan de la Constitución, del presente Estatuto y del pueblo.

Tres. La denominación de la Comunidad Autónoma será la de Cantabria.

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