Ley 5/1986, de 23 de diciembre, electoral de Castilla-La Mancha
Versión vigente desde 29/07/2014
CAPÍTULO I
Derecho de sufragio activo
Artículo 2.1. Son electores los ciudadanos y ciudadanas de Castilla-La Mancha mayores de edad que gocen del derecho de sufragio activo.
2. Para el ejercicio del derecho de sufragio es indispensable la inscripción en el Censo Electoral único vigente.
Ver Notas de Modificación
** Modificado por art. 1 de L 8/1998 ( Ver texto)