Junta Electoral Central - Portal

Extremadura

Logotipo de la Junta Electoral Central

Ley 17/2010, de 22 de diciembre, de mancomunidades y entidades locales menores de Extremadura

desde 12/06/2014 hasta 09/03/2015

Artículo 67. Causas de disolución de la mancomunidad.

Las mancomunidades deberán disolverse cuando concurran las causas previstas en sus estatutos y cuando voluntariamente lo acuerden sus miembros de conformidad con el procedimiento establecido en el artículo siguiente.

Subir

Índice




Texto completo

pdf

xml