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Ley 17/2010, de 22 de diciembre, de mancomunidades y entidades locales menores de Extremadura

desde 12/06/2014 hasta 09/03/2015

Artículo 107. Selección del personal de la entidad local menor.

La selección del personal de la entidad local menor se realizará de acuerdo con su oferta de empleo mediante convocatoria pública y a través de los sistemas legalmente previstos, garantizándose en todo caso los principios de publicidad, igualdad, mérito y capacidad en el proceso de selección.

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