Ley Orgánica 3/1982, de 9 de junio, de Estatuto de Autonomía de La Rioja
Versión vigente desde 18/07/2010
Artículo 5
1. La Comunidad Autónoma de La Rioja estructurará su organización territorial en municipios.
2. Una Ley del Parlamento podrá reconocer la comarca como entidad local con personalidad jurídica y demarcación propia. La comarca no supondrá, necesariamente, la supresión de los municipios que la integran.
Ver Notas de Modificación
** Modificado por art. 1.5 de LO 2/1999 ( Ver texto)