Ley Orgánica 3/1982, de 9 de junio, de Estatuto de Autonomía de La Rioja
Versión vigente desde 18/07/2010
Artículo 52
La Comunidad Autónoma gozará del tratamiento fiscal que la Ley establezca para el Estado.
Ver Notas de Modificación
** Renumerado por art. 3 de LO 2/1999. Antes art. 38 ( Ver texto)