Ley 9/2009, de 22 de diciembre, reguladora de los Concejos Abiertos
Versión vigente desde 18/12/2014
Artículo 12. Adopción de acuerdos
Los acuerdos de la Asamblea se adoptarán por mayoría simple de los miembros presentes y representados, salvo cuando se exija un quórum especial por ley. Existe mayoría simple cuando los votos afirmativos son más que los negativos.