Ley 7/2009, de 11 de diciembre, electoral de los Consejos InsularesVersión vigente Desde 23/12/2009DISPOSICIÓN FINAL ÚNICA. Entrada en vigor.Esta ley entra en vigor al día siguiente de su publicación en el «Butlletí Oficial de les Illes Balears».Subir
Índice EXPOSICIÓN DE MOTIVOS TÍTULO I Artículo 1. Ámbito de aplicación. Artículo 2. Derecho de sufragio activo. Artículo 3. Derecho de sufragio pasivo. Artículo 4. Incompatibilidades. TÍTULO II Artículo 5. Administración electoral. Artículo 6. Convocatoria de elecciones. Artículo 7. Sistema electoral. Artículo 8. Procedimiento electoral. TÍTULO III Artículo 9. Administrador de candidatura y administrador general. Artículo 10. Gastos y subvenciones electorales. DISPOSICIÓN ADICIONAL PRIMERA. Normativa supletoria. DISPOSICIÓN ADICIONAL SEGUNDA. Desarrollo normativo. DISPOSICIÓN TRANSITORIA PRIMERA. Constitución de los consejos insulares. DISPOSICIÓN TRANSITORIA SEGUNDA. DISPOSICIÓN FINAL ÚNICA. Entrada en vigor. Texto completo pdfxml