Ley Foral 6/1990, de 2 de julio, de la Administración Local de Navarra
desde 16/12/2014 hasta 30/11/2017
Artículo 62.
La Administración de la Comunidad Foral impulsará la prestación de servicios de asistencia y cooperación jurídica, económica, administrativa y técnica al objeto de potenciar la capacidad de gestión de las Entidades locales a través de los instrumentos que estime necesarios. A estos efectos, se fomentarán principalmente las fórmulas asociativas intermunicipales que pretendan asumir dichas finalidades.