Ley Foral 6/1990, de 2 de julio, de la Administración Local de Navarra
desde 16/12/2014 hasta 30/11/2017
SECCIÓN 4.ª Funcionamiento de las restantes Entidades locales
Artículo 91.El funcionamiento de las Mancomunidades y demás Entidades locales de Navarra se sujetará a lo previsto en los Estatutos por los que se rijan o en las disposiciones que las creen, y supletoriamente por lo previsto en esta Ley Foral con carácter general.