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Ley Foral 6/1990, de 2 de julio, de la Administración Local de Navarra

desde 16/12/2014 hasta 30/11/2017

Artículo 276.

1. Aprobado inicialmente el presupuesto por el Pleno, se expondrá en la Secretaría por periodo de quince días hábiles, previo anuncio en el «Boletín Oficial de Navarra» y en el tablón, a fin de que los vecinos o interesados puedan examinar el expediente y formular las reclamaciones que estimen pertinentes.

2. Si se formularan reclamaciones, el Pleno adoptará acuerdo expreso relativo a la resolución de aquéllas y a la aprobación definitiva del Presupuesto.

Si no se hubiesen formulado reclamaciones, el Presupuesto se entenderá aprobado definitivamente, una vez transcurrido el período de exposición pública señalado en el número anterior.

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