Ley 13/2005, de 27 de diciembre, del régimen de incompatibilidades de los altos cargos al servicio de la Generalidad
Versión vigente desde 02/12/2008
Artículo 11. Compatibilidad con el ejercicio de la docencia universitaria
1. Los altos cargos al servicio de la Generalidad pueden compatibilizar su cargo con el ejercicio de funciones docentes universitarias retribuidas, de carácter reglado, siempre y cuando no sea en detrimento de la dedicación al ejercicio del cargo público, en régimen de dedicación a tiempo parcial y con una duración determinada.
2. El ejercicio de las funciones docentes a que se refiere el apartado 1 requiere la autorización expresa del consejero o consejera competente en materia de función pública.