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Ley 13/2005, de 27 de diciembre, del régimen de incompatibilidades de los altos cargos al servicio de la Generalidad

Versión vigente desde 02/12/2008

Artículo 13. Plazos

Las declaraciones a las que se refiere el artículo 12 deben presentarse en el plazo de tres meses a contar de la fecha de toma de posesión y de la fecha de cese, así como en el plazo de un mes desde que se produzcan variaciones en los hechos declarados.

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