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Norma Foral 9/2012, de 5 de diciembre, de Demarcaciones Territoriales de Bizkaia

desde 11/02/2015 hasta el 01/04/2015

Artículo 44. Información pública.

1. Elaborada la Memoria y demás documentación la Comisión Mixta la remitirá, en el plazo de diez días, al departamento competente de la Diputación Foral de Bizkaia y a los ayuntamientos.

2. Los ayuntamientos promoverán, en el plazo de diez días desde la recepción de la memoria y demás documentación, un periodo de información pública durante el plazo de un mes, con la inserción del correspondiente anuncio en el «Boletín Oficial de Bizkaia» y, al menos, en un diario de los de mayor circulación en cada municipio así como en los tablones de anuncios y sedes electrónicas del ayuntamiento o ayuntamientos interesados.

3. Finalizado el periodo de información pública, los ayuntamientos interesados resolverán las alegaciones presentadas en su caso, remitiendo al departamento competente de la Diputación Foral de Bizkaia todas las actuaciones realizadas.

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