Norma Foral 9/2012, de 5 de diciembre, de Demarcaciones Territoriales de Bizkaia
desde 11/02/2015 hasta el 01/04/2015
Artículo 68. Remisión a la Diputación Foral de Bizkaia.
Finalizado el periodo de información pública, el ayuntamiento resolverá, en el plazo de tres meses, mediante acuerdo plenario adoptado por dos tercios del número legal de concejales, las alegaciones presentadas en su caso, remitiéndolo, en el plazo de diez días, al departamento competente de la Diputación Foral de Bizkaia junto con todas las actuaciones.