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Principado de Asturias

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Ley Orgánica 7/1981, de 30 de diciembre, de Estatuto de Autonomía para Asturias

Versión vigente desde 18/07/2010

TÍTULO II bis

De los órganos auxiliares del Principado de Asturias

Ver Notas de Modificación

** Tit. añadido por art. único de LO 1/1999 ( Ver texto)

Artículo treinta y cinco ter

1. Se crea la Sindicatura de Cuentas del Principado de Asturias. Por ley del Principado se regulará su composición y funciones.

2. Dependerá directamente de la Junta General del Principado y ejercerá sus funciones por delegación de ella en el examen y comprobación de la Cuenta General del Principado.

Ver Notas de Modificación

** Añadido por art. único de LO 1/1999 ( Ver texto)

Artículo treinta y cinco quater

Se crea el Consejo Consultivo del Principado de Asturias como superior órgano de consulta de la Comunidad Autónoma. Por ley del Principado se regularán su composición y competencias.

Ver Notas de Modificación

** Añadido por art. único de LO 1/1999 ( Ver texto)

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