Real Decreto 1690/1986, de 11 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de Población y Demarcación Territorial de las Entidades Locales
desde Junio de 1990 hasta Enero de 1997
Artículo 72.
1. Con ocasión de la renovación padronal quinquenal, los residentes inscritos se clasificarán en residentes presentes y residentes ausentes.
2. Serán inscritos como residentes presentes aquellos que en el momento de la renovación padronal se hallen en el término municipal.
3. Serán inscritos como residentes ausentes aquellos que en el momento de la renovación padronal se encuentren fuera del término municipal.