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Real Decreto 1690/1986, de 11 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de Población y Demarcación Territorial de las Entidades Locales

desde Junio de 1990 hasta Enero de 1997

Artículo 80.

Con las declaraciones y comprobaciones a que se hace referencia en los artículos anteriores, los Ayuntamientos procederán a actualizar el Padrón Municipal de Habitantes.

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