Ley 2/2001, de 3 de mayo, de Regulación de las Consultas Populares Locales en Andalucía
Versión vigente desde 25/05/2001
DISPOSICIÓN ADICIONAL TERCERA. Plazos
Salvo que en ella se disponga expresamente otra cosa, los plazos previstos en esta Ley son improrrogables y, cuando se señalen por días, éstos se entienden naturales.