Ley 5/1990, de 15 de junio, de Elecciones al Parlamento Vasco
Versión vigente desde 08/01/2016
Cuarta.
Se faculta al Gobierno Vasco para dictar las disposiciones necesarias en el desarrollo de esta Ley.
Ver Notas de Modificación
** Añadida por art. 1.60 de L 15/1998 ( Ver texto)