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Normativa

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Real Decreto-ley 20/1977, de 18 de marzo, sobre Normas Electorales.

Versión vigente desde Marzo de 1977 hasta Enero de 1979

Artículo 38.

La campaña de propaganda electoral durará veintiún días y deberá terminar a las cero horas del día inmediato anterior a la elección.

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