Real Decreto 953/2017, de 31 de octubre, por el que se dictan normas complementarias para la realización de las elecciones al Parlamento de Cataluña 2017
Versión vigente desde 03/11/2017
TEXTO
En uso de las atribuciones conferidas al Presidente del Gobierno de la Nación por el Acuerdo del Consejo de Ministros de 21 de octubre de 2017, en aplicación de lo dispuesto en el artículo 155 de la Constitución, y el Acuerdo del Pleno del Senado, de 27 de octubre de 2017, por el que se aprueban las medidas requeridas por el Gobierno, al amparo de dicho artículo («Boletín Oficial del Estado» n.º 260, de fecha 27 de octubre de 2017), mediante el Real Decreto 946/2017, de 27 de octubre, se disolvió el Parlamento de Cataluña y se convocaron elecciones a celebrar el próximo día 21 de diciembre.
La aplicación de estos Acuerdos, así como la disposición adicional segunda de la Ley Orgánica 5/1985, de 19 de junio, del Régimen Electoral General, habilita al Gobierno para dictar cuantas disposiciones sean precisas para su cumplimiento y ejecución.
Con la finalidad de facilitar el desarrollo de las elecciones al Parlamento de Cataluña de 2017 es procedente adoptar las disposiciones complementarias que rigen estos comicios, de conformidad con lo que establecen los citados Acuerdos, el Estatuto de Autonomía de Cataluña y la Ley Orgánica 5/1985, de 19 de junio.
En su virtud, a propuesta del Ministro del Interior y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 31 de octubre de 2017,
DISPONGO: