Junta Electoral Central - Portal

Comunidad Foral de Navarra

Logotipo de la Junta Electoral Central

Ley Foral 6/1990, de 2 de julio, de la Administración Local de Navarra

desde 29/04/2014 hasta 15/12/2014

Artículo 49.

Para la iniciación del procedimiento de constitución de las Mancomunidades será necesaria la adopción de acuerdo por los plenos de los Ayuntamientos interesados promoviendo dicha constitución. Este acuerdo requerirá mayoría simple.

Subir

Índice




Texto completo

pdf

xml