Junta Electoral Central - Portal

Comunidad Foral de Navarra

Logotipo de la Junta Electoral Central

Ley Foral 6/1990, de 2 de julio, de la Administración Local de Navarra

desde 29/04/2014 hasta 15/12/2014

Artículo 276.

1. Aprobado inicialmente el presupuesto por el Pleno, se expondrá en la Secretaría por periodo de quince días hábiles, previo anuncio en el «Boletín Oficial de Navarra» y en el tablón, a fin de que los vecinos o interesados puedan examinar el expediente y formular las reclamaciones que estimen pertinentes.

2. Si se formularan reclamaciones, el Pleno adoptará acuerdo expreso relativo a la resolución de aquéllas y a la aprobación definitiva del Presupuesto.

Si no se hubiesen formulado reclamaciones, el Presupuesto se entenderá aprobado definitivamente, una vez transcurrido el período de exposición pública señalado en el número anterior.

Subir

Índice




Texto completo

pdf

xml