Ley Foral 6/1990, de 2 de julio, de la Administración Local de Navarra
desde 29/04/2014 hasta 15/12/2014
Artículo 101.
Las Entidades locales asignarán a los bienes y derechos de su patrimonio la calificación jurídica que les corresponda en razón de su naturaleza o destino.