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Decreto 157/2016, de 4 de octubre, por el que se regula el deslinde de los términos municipales de Andalucía y se establecen determinadas disposiciones relativas a la demarcación municipal y al Registro Andaluz de Entidades Locales

Versión vigente desde 11/10/2016

Artículo 1. Objeto

Constituye el objeto del presente decreto:

1. La regulación de los procedimientos para el deslinde de los términos municipales de Andalucía, así como del replanteo y del amojonamiento de las líneas definitivas, en cumplimiento de lo establecido en la disposición final sexta de la Ley 5/2010, de 11 de junio, de Autonomía Local de Andalucía.

2. Establecer determinadas disposiciones en materia de demarcación municipal, relativas a los procedimientos de modificación de términos municipales y de cambio de nombre y de capitalidad de los municipios, de conformidad con la habilitación contenida en la disposición final décima de la Ley 5/2010, de 11 de junio.

3. Establecer disposiciones relativas al Registro Andaluz de Entidades Locales, de acuerdo con lo previsto en la disposición final primera de la Ley 6/2003, de 9 de octubre, de símbolos, tratamientos y registro de las Entidades Locales de Andalucía.

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