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Decreto 157/2016, de 4 de octubre, por el que se regula el deslinde de los términos municipales de Andalucía y se establecen determinadas disposiciones relativas a la demarcación municipal y al Registro Andaluz de Entidades Locales

Versión vigente desde 11/10/2016

DISPOSICIÓN FINAL PRIMERA. Modificación de la Orden de 17 de septiembre de 2010, por la que se desarrolla la organización y el funcionamiento del Registro Andaluz de Entidades Locales

1. Se modifica el apartado 4 del artículo 17, denominado «Procedimiento de modificación de datos de oficio», de la Orden de 17 de septiembre de 2010, por la que se desarrolla la organización y el funcionamiento del Registro Andaluz de Entidades Locales, que queda redactado de la siguiente forma:

«4. La actualización de los datos de los municipios, provincias, entidades locales autónomas, mancomunidades de municipios, áreas metropolitanas, comarcas y otras agrupaciones municipales referidos, respectivamente, en las letras f), g), j) y o) del artículo 5, en las letras e), f) y j) del artículo 6, en las letras f), g), i) y n) del artículo 7, en la letra h) del artículo 8, y en las letras f) y j) del artículo 9, podrá realizarse de forma automática con arreglo a los datos publicados por los organismos oficiales competentes en la materia, sin ajustarse al procedimiento de modificación establecido en los apartados anteriores.»

2. La modificación del referido apartado 4 del artículo 17 de la Orden de 17 de septiembre de 2010, por la que se desarrolla la organización y el funcionamiento del Registro Andaluz de Entidades Locales, se podrá efectuar por norma con rango de orden.

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